Reclama 41.266€ a una clínica dental por olvidar un tornillo en su nariz


EUROPA PRESS. - El paciente, un gaditano de 35 años, acudió en agosto de 2007 a una clínica dental de Cádiz para realizarse una serie de implantes y una limpieza bucal, por lo que le presupuestaron 11.040 euros.
El implante incial fue extraido porque causaba molestias al pacienteEl odontólogo que le atendió le colocó el implante en la pieza número 26 —incisivo lateral inferior derecho—, que le dio una serie de problemas y malestar en las encías. Por ello, tres meses más tarde, se le extrajo el implante y se le colocó uno nuevo en el mismo lugar.
José Luis Ortiz, letrado del paciente y adscrito a los servicios jurídicos del Defensor del Paciente en Cádiz, explicó que cuando el dentista extrajo el primer implante, pensó que el tornillo, que no aparecía, había sido tragado por el paciente.
No obstante, resultó que había quedado incrustado en el seno maxilar derecho, entre el ojo y la nariz. Por ello, aseguró que se trata de un "oblito quirúrgico" por parte del odontólogo, consistente en el olvido de material extraño al organismo en el interior del paciente.

Según relató, ante los "terribles dolores" que refería el paciente, fue examinado por un especialista en Otorrinolaringología del Hospital Puerta del Mar de Cádiz, quien le hizo un TAC y detectó la presencia del tornillo en un lugar "muy delicado para la supervivencia del enfermo".
Por ello, se le intervino quirúrgicamente con anestesia general para la extracción del tornillo en marzo de 2008, con lo que el objeto estuvo en el interior del paciente durante siete meses.
En su demanda, el joven sostiene que el "considerable deterioro" de su salud, no ha sido un hecho casual ni fortuito, sino que se debió a una "inadecuada y deficiente praxis". Además presentó una denuncia ante la comisión deontológico del Colegio de Dentistas por estos hechos. También sometió el caso al estudio de un especialista en Odontología e Implantología, quien afirmó que hubo "mala praxis del dentista".
Por tales hechos, el paciente remitió una reclamación a la clínica. La respuesta fue que "el riesgo de olvido venía expresamente contemplado en el consentimiento informado que firmó". Sin embargo, el demandante examinó dicho consentimiento, constatando que dicho riesgo no venía contemplado. Asimismo, argumentó que la firma de un consentimiento "no exime de responsabilidad al dentista si existe infracción de lex artis".
Finalmente, el paciente reclamó al dentista, a la clínica y a su seguro una indemnización de 41.266 euros en concepto de daños, perjuicios, daño moral y lucro cesante, incluyendo los más de 11.000 euros que tuvo que emplear para someterse a las intervenciones.

AHORA ENTIENDO PORQUÉ DECIAN QUE AL QUE LE OPERÓ LE FALTAVA UN TORNILLO.

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